Extienden el plazo para operar con Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs
Resumen del corpus
El Gobierno nacional prorrogó por un año el plazo especial para operar con Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs mediante la Resolución 424/2026, publicada en el Boletín Oficial. La norma mantiene en 21 días corridos el plazo para cancelación, aceptación y rechazo de estos comprobantes y su inscripción registral. La prórroga, vigente del 1 de noviembre de 2026 al 31 de octubre de 2027, busca dar certidumbre operativa y evitar rechazos involuntarios. Se fundamentó en un pedido de COPAL, que alegó la complejidad administrativa frente a los plazos originales de la Ley 27.440. También se renovó la excepción sobre cesión de documentos.