La intimidad física no puede ser etiquetada como violación solo porque la relación se deterioró: Corte Suprema

Resumen del corpus

La Corte Suprema dictaminó que el deterioro de una relación consensuada no puede ser automáticamente etiquetado como violación, ya que el derecho penal no debe usarse para resolver disputas personales. El tribunal afirmó que la intimidad física durante una relación funcional no puede ser considerada retrospectivamente como actos de violación solo porque la relación se deterioró. Se señaló que la violación debe reservarse para situaciones donde exista violencia sexual real, coerción o manipulación del consentimiento, y no solo por el resultado final de una relación.

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