LFT: ¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 2 de noviembre?
Resumen del corpus
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que el 1 y 2 de noviembre, fechas del Día de Muertos en México, no son considerados días de descanso obligatorio. Por lo tanto, los trabajadores deben presentarse a sus empleos de manera habitual y no tienen derecho a un pago extra por trabajar en esas fechas. El descanso solo procede si el empleador concede los días de forma voluntaria. Se especifica que si se trabaja el 1 de noviembre, el empleado debe recibir su prima dominical, que es un 25% adicional al salario de ese domingo.